¿Puede obtener mi pareja permiso de residencia si nos inscribimos como pareja de hecho?

por | Civil, Extranjeria

        Al ser ciudadano español y tener una pareja extranjero siempre vamos a tener la voluntad de regularizar su situación. Aunque a veces se desconoce, no en todos los casos va a ser imprescindible contraer matrimonio.

         Una de las opciones de las que se va a disponer será inscribirse como pareja de hecho. Dicha inscripción se tendrá que realizar en el Ayuntamiento en el que ambos residan, ya que no existe un Registro Estatal de parejas de hecho.

         Pasos a seguir:

         1) Es imprescindible que antes de iniciar ningún trámite acudamos a la Ley de la Comunidad Autónoma en la que ambos vivamos. Ello es así debido a que cada una tiene una legislación y por lo tanto los requisitos para poder inscribirnos serán diferentes.

             Habrá que observar cuáles son las Comunidades Autónomas que no establecen la necesidad de estar empadronado durante un periodo concreto. Ello es así debido a que en muchas ocasiones se exige que se esté residiendo durante al menos un año. Esto conllevará que el plazo de tres meses, durante el cual nuestra pareja puede estar legalmente en España, se esfume. Entonces, estaremos ante un grave problema.

        2) Una vez hayamos estudiado la Ley autonómica y cumplamos con los requisitos, nos inscribiremos en el Ayuntamiento. Para ello, será necesario observar qué documentación tendremos que aportar, en este caso suele ser la misma en todos los territorios.

         3) Al obtener el certificado de inscripción en el Registro  tan solo habría que iniciar los trámites necesarios para obtener la residencia, y se le proveerá a nuestra pareja un número N.I.E.

         Los plazos durante los que se hacen efectivos estos pasos varían sustancialmente de una localidad a otra. Tanto la inscripción como la petición de permiso de residencia pueden estar en torno a los seis meses o incluso a un año.

         En cualquier caso, es imprescindible conocer con detalle el procedimiento a seguir. La relevancia que va a tener la resolución podrá incluso cambiar nuestras vidas. Hay que conocer con detalle todas las exigencias legales, el cumplimiento de plazos y solicitudes. No es algo que se pueda iniciar sin las debidas precauciones.

      Pinchando aquí podrá leer un artículo sobre las parejas de hecho.

         Si tienes cualquier duda legal, puedes hacérnosla llegar totalmente sin compromiso, contactando directamente con nosotros en el 91 049 04 27, mediante email info@ferrerosagasta.com o inclusive de forma física solicitando Cita Previa en nuestro despacho situado en Madrid, Calle Hernani, Número 8, Primera Planta.

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